El Ayuntamiento de Marín incorpora el “Sello Padrón” a los trámites telemáticos

Con fecha 9 de enero se publicó en el BOOP el anuncio de la creación del “sello padrón de habitantes del Ayuntamiento de Marín”. Este es un paso más en la modernización de los trámites administrativos del Ayuntamiento de Marín, que redundan en la población.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público define en su artículo 41 la actuación administrativa automatizada cómo cualquier acto o actuación realizado íntegramente a través de medios electrónico por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no intervenga de forma directa un empleado público.

Así aprobara los siguientes procedimientos:

De carácter específico:

•  Expedición de certificados y de volantes de datos padronales informatizados

•  Comunicaciones y actos de trámite con la ciudadanía relacionados con su inscripción padronal.

Para futuras incorporaciones de procedimientos y/o servicios automatizados será necesaria la aprobación mediante resolución de alcaldía

Los órganos responsables en relación con las actuaciones administrativas automatizadas relacionadas en el punto anterior serán:

•  La Secretaría General como órgano responsable de la definición de las especificaciones de estas actuaciones administrativas automatizadas.

•  Departamento de Informática como órgano responsable de la programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, si es el caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente.

•  La Alcaldía del Ayuntamiento como órgano responsable a los efectos de impugnación.

Neste caso, ata agora cando unha persoa precisaba un certificado ou un volante de empadronamiento, tiña que solicitalo e vir o día seguinte a recollelo, xa que tiña que ser firmado pola secretaria xeral e pola alcaldesa. Con este novo procedemento, a persoa pode recollelo no mesmo día, dependendo da afluencia de xente na oficina de rexistro no mesmo momento de solicitalo, ou daselle a opción de remitirllo o final do día por correo electrónico. Esta última opción ten ademáis o beneficio de o contar con selo electrónico, ter tres meses de validez, con que pode ser impresa cantas veces sexa necesaria.

En este caso, hasta ahora cuando una persona precisaba un certificado o un volante de empadronamiento, tenía que solicitarlo y venir el día siguiente a recogerlo, ya que tenía que ser firmado por la secretaria general y por la alcaldesa. Con este nuevo procedimiento, la persona puede recogerlo en el mismo día, dependiendo de la afluencia de gente en la oficina de registro en el mismo momento de solicitarlo, o se le da la opción de remitírselo el final del día por correo electrónico. Esta última opción tiene además el beneficio de contar con el sello electrónico, tener tres meses de validez, con que puede ser impresa cuantas veces sea necesaria.

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